AUTORIZAN A VECINOS A GENERAR ENERGÍA RENOVABLE Y VENDER SU EXCEDENTE
La provincia de Buenos Aires reglamentó la Generación Distribuida Comunitaria, que establece un marco para la producción de energía eléctrica renovable con destino al autoconsumo y a la venta de excedentes a la red de distribución.
A través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos aprobó el Reglamento que le da marco técnico, jurídico, económico, contractual y tarifario a una iniciativa que arrancó en 2023.
La medida regula la asociación de varios usuarios con puntos de suministro independientes -o de un mismo titular con al menos dos suministros- atendidos por una misma distribuidora provincial o municipal, que se vinculen para generar energía renovable a través de sistemas con una potencia superior a los 10 kW.
La energía producida podrá ser utilizada para autoconsumo y los excedentes inyectados a la red, con acreditación de los montos correspondientes a cada integrante del proyecto. Es decir, se podrán vender para uso de la red. Y el valor económico de esa energía debe acreditarse en las facturas de los usuarios que integran el proyecto comunitario, de acuerdo con el porcentaje de participación que hayan definido previamente.
Entre los principales aspectos, se establece que los proyectos de Generación Distribuida Comunitaria podrán organizarse mediante acuerdos privados de voluntades o a través de personas jurídicas constituidas al efecto, debiendo quedar expresamente definida la participación de cada integrante, lo que determinará el porcentaje de acreditación de los ingresos derivados de la inyección de energía a la red.
Asimismo, se dispone que los Usuarios-Generadores, tanto individuales como comunitarios, deberán inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER). A partir de dicha inscripción y del cumplimiento de la documentación exigida, se emitirá el certificado correspondiente que habilitará el acceso a los beneficios impositivos y fiscales.
El RUGER deberá comunicar mensualmente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) la emisión de los certificados, así como las modificaciones o bajas que se produzcan, a fin de que se registren las exenciones impositivas otorgadas.

