22 noviembre, 2024

POR FALTA DE PATENTES, LAS MOTOS PODRÁN SEGUIR CIRCULANDO CON PERMISOS PROVISORIOS

Los Permisos de Circulación tendrán una vigencia de 30 días

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El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor extendió el plazo de vigencia de los permisos de circulación provisorios para motovehículos ante la falta de chapas patentes, a través de la Disposición 178/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La norma dispuso que “hasta tanto se regularice la provisión de los elementos registrales ‘Nuevo modelo de Placas Metálicas de Identificación de Motovehículos’ y ‘Placas de identificación alternativa para motovehículos’, los Permisos de Circulación para motovehículos tendrán una vigencia de 30 días corridos a partir de su emisión”.

Los mencionados permisos temporarios son otorgados por los comerciantes “con el objeto de evitar la entrega de motovehículos sin inscribir a los compradores”. Originalmente la vigencia de la autorización es de 7 días corridos.

A raíz de que “en la actualidad se registra una demora en la provisión de las placas metálicas de identificación dominial de motovehículos a los Registros Seccionales”, no se está pudiendo cumplir con la obligación antes de que venza el plazo previsto del permiso.

Ante esta situación, se dispuso que el periodo de validez del aval provisorio se extienda de una semana a un mes hasta que se normalice la entrega de los elementos registrales correspondientes.

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